Tax Law and News Cripto 2.0: consideraciones fiscales para profesionales Read the Article Open Share Drawer Share this:Click to share on Twitter (Opens in new window)Click to share on Facebook (Opens in new window)Click to share on LinkedIn (Opens in new window) Written by Dr. Sean Stein Smith, CPA Modified Aug 5, 2022 4 min read Mientras los criptoactivos continúan demostrando niveles significativos de volatilidad, existen varias cuestiones que los profesionales de impuestos deben conocer y comprender. Específicamente, y después de lo que fue una temporada de impuestos tumultuosa de 2020, el estado y tratamiento tributario de los criptoactivos aún tienen bastante ambigüedad e incertidumbre asociadas con ellos. Tan solo en 2020, un nuevo modelo de negocios relacionado a la cadena de bloques y criptoactivos – específicamente finanzas descentralizadas (DeFi) y tokens no fungibles (NFT) – irrumpió en la escena. Además de generar bastante entusiasmo y noticias titulares, estos nuevos modelos de negocios relacionados con criptoactivos también han generado una gran cantidad de preguntas sobre impuestos. Por agotadores que hayan sido los impuestos sobre los criptoactivos en el pasado, la continua aplicación diferenciada de los criptoactivos significa que surgirán nuevas preguntas en el horizonte. Esto es especialmente cierto para los clientes que entraron al espacio de los criptoactivos apenas durante el 2020 y podrían inadvertidamente haberse involucrado con estos temas nuevos. A medida que la planificación para el año fiscal 2021 y las declaraciones trimestrales se aceleran, analicemos algunos de los elementos que podrían aparecer por su escritorio. ¿Qué son DeFi y NFT? DeFi es un intento de replicar los productos y servicios bancarios, incluyendo otorgar préstamos, obtener préstamos y ganar intereses sin la necesidad de una institución financiera tradicional. Han surgido numerosas organizaciones que proporcionan estos servicios, por lo que no sería demasiado extremo suponer que algunos de sus clientes podrían tener fondos en entidades como BlockFi, Compound y otras empresas. Los NFT son una combinación interesante de coleccionables digitales con la capacidad de monetizar, y ahora, licenciar la propiedad intelectual. Hacer un análisis profundo sobre los NFT sería un artículo completo, o una serie completa de artículos, pero resumirlo como la monetización de la propiedad intelectual tiene sentido para fines de planificación fiscal. Estas son algunas de las consideraciones fiscales relacionadas con DeFi y NFTs: DeFi es ingreso ordinario. Si bien no existe una guía oficial específica de criptoactivos en relación a DeFi, el consenso general ha sido que las ganancias, monedas, o tokens relacionados con DeFi, se trataran como ingresos ordinarios. Existe una variedad de términos utilizados para describir las operaciones de DeFi, que incluyen simplemente ganar intereses denominados en criptoactivos, minería de liquidez, recompensas de bloque, recompensas de participación, cultivo de rendimiento y suministro de liquidez para grupos de minería. Sin embargo, si su cliente está involucrado en este tipo de operaciones, habrá una obligación tributaria asociada a estas. Ganado versus recibido. Una pregunta de mucho debate en este momento entre los profesionales es ¿exactamente cuándo un contribuyente tiene ingresos imponibles y, por extensión, una deuda tributaria? Esto aplica especialmente a los contribuyentes que han recibido recompensas en bloque o recompensas de participación, o se les hayan enviado las monedas o tokens por airdrop. El punto importante del argumento, que aún sigue sin resolver, es si el contribuyente tiene alguna obligación, incluso si estas recompensas o monedas/tokens están bloqueadas durante un periodo determinado. ¿Quién debe por los NFT? A primera vista, la pregunta sobre quién adeuda los impuestos por los NFT deberá ser relativamente sencilla. Suponiendo que un individuo acuña o crea el NFT y se lo vende a otro individuo, el precio de venta debe servir como la base para calcular las obligaciones tributarias. Sin embargo, la conversación acerca de los impuestos a los NFT no se detiene allí. En reconocimiento del hecho de que simplemente tratar los NFT como objetos de colección podría no crear un mercado sólido y sostenible, recientemente surgió un nuevo elemento: los derechos de licencia. Si un contribuyente compra un NFT, posee los derechos a este token único, pero no necesariamente el activo subyacente. Este token podría incluir derechos de licencia. Dapper Labs fue el primero en crear y comercializar una opción de este tipo, pero otras organizaciones también se han actualizado recientemente. La conclusión: si un cliente compró un NFT, también es posible que tenga ingresos imponibles, dependiendo de que ese NFT haya incluido una opción de licencia y esa opción se haya ejercido. Sean proactivos con la planificación de impuestos La temporada de impuestos de 2020 fue agotadora, y la planificación fiscal para las obligaciones de 2021 no parece ser ni más suave, ni más sencilla. Dicho esto, vale la pena seguir vigilando este tema y seguir haciendo preguntas proactivas sobre si sus clientes han invertido en criptoactivos o se han afiliado con estos durante 2021. Especialmente con los casos de usos nuevos e innovadores, como los DeFi y NFTs, que aparecieron en la escena durante el último año, es doblemente importante asegurarse que todas las bases estén cubiertas. La planificación de los impuestos sobre los criptoactivos siempre ha sido un asunto complicado, y se volverá aún más complejo en el futuro. Como siempre, los clientes buscarán a los profesionales y despachos que son proactivos, tienen los conocimientos y están bien informados para asesorarlos sobre estos temas emergentes. Nota editorial: Asegúrese de leer el otro artículo de Sean Stein Smith sobre criptomonedas. Previous Post Época de impuestos sobre criptomoneda: consideraciones para el año 2020 Next Post September 2021 tax and compliance deadlines Written by Dr. Sean Stein Smith, CPA Dr. Sean Stein Smith, CPA, is a professor at the City University of New York – Lehman College, leader of the New Jersey Society of CPAs (NJCPA) Emerging Technologies Interest Group (#NJCPATech), and host of the NJCPA TechTalk Podcast. He serves on the Advisory Board of the Wall Street Blockchain Alliance, where he co-chairs the Accounting Work Group. Sean has been named one of the Top 100 Most Influential People in Accounting, and is a past winner of the NJCPA Ovation Award, among other honors. His award-winning research has been published in dozens of academic and practitioner publications. Sean is also a contributor for Forbes.com in the Crypto & Blockchain vertical. Find Sean on Twitter @SeanSteinSmith. More from Dr. Sean Stein Smith, CPA One response to “Cripto 2.0: consideraciones fiscales para profesionales” Excelente, explicacion en español, Gracias Browse Related Articles Tax Law and News Tax benefits: Accommodations for people with disabiliti… Practice Management Consultant Spotlight: John Trammell Practice Management Why you should care about green cloud computing Practice Management Consultant spotlight: Steven G. 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